Blog INTEGRA · Salud · 16 de octubre de 2026

Historia clínica electrónica interoperable: qué significa para un consultorio pequeño

La Ley 2015 de 2020 y la Resolución 1888 de 2025 cambian la forma en que se comparte la información clínica en Colombia. Lo que debes preguntarle hoy a tu proveedor de software.

Imagina que un paciente tuyo llega a urgencias en Bucaramanga y el médico que lo atiende puede ver en minutos sus diagnósticos, alergias y medicamentos. Esa es la idea de la historia clínica electrónica interoperable: que la información clínica relevante acompañe al paciente, sin importar dónde se atienda.

De dónde viene

  • La Ley 2015 de 2020 creó la historia clínica electrónica interoperable y obliga a los prestadores a participar en ella.
  • La Resolución 866 de 2021 definió el conjunto de datos clínicos relevantes que se deben poder intercambiar.
  • La Resolución 1888 de 2025 adoptó el Resumen Digital de Atención en Salud (RDA) y el mecanismo para enviarlo a la plataforma del Ministerio de Salud y consultarlo allí. Su implementación es progresiva, por fases.

Qué es el RDA, en palabras sencillas

El RDA es un resumen estructurado de cada atención: quién es el paciente, quién lo atendió, qué se encontró y qué se hizo. No es toda tu historia clínica, sino la información clave que debe quedar disponible para otros prestadores a través de la plataforma nacional.

¿Y si mi historia clínica es en papel?

Si todavía llevas historias en papel, o en un programa que sólo guarda documentos sueltos, es el momento de planear el cambio. Para enviar información estructurada a la plataforma se necesita un software que registre los datos de forma ordenada (por ejemplo, con los diagnósticos codificados) y que genere los resúmenes en el formato que define el Ministerio.

Preguntas para tu proveedor de software

Antes de renovar la licencia o de comprar un programa nuevo, pregunta:

  1. ¿El software está preparado para generar y enviar el RDA según la Resolución 1888 de 2025?
  2. ¿Registra los datos clínicos relevantes de la Resolución 866 de 2021?
  3. ¿Qué cronograma tiene para cumplir cada fase que defina el Ministerio? ¿Lo deja por escrito?
  4. ¿Dónde se guardan mis datos, quién tiene acceso y cómo se hacen las copias de seguridad?
  5. ¿Qué pasa con mi información si dejo de pagar o cambio de proveedor? ¿Me la entregan completa y en qué formato?
  6. ¿Tiene usuarios individuales, contraseñas y un registro de quién consultó o modificó cada historia?

La seguridad no es opcional

Más intercambio de información también significa más responsabilidad. La historia clínica es un documento reservado (Resolución 1995 de 1999) y los datos de salud son datos sensibles según la Ley 1581 de 2012. Algunas medidas básicas:

  • Un usuario por persona: nada de una sola clave compartida por todo el consultorio.
  • Bloqueo automático de los equipos cuando nadie los está usando.
  • Copias de seguridad periódicas, y probadas.
  • Acceso sólo para quien lo necesita para atender.

Qué hacer ahora

  • Revisa cómo llevas hoy la historia clínica y qué tan estructurada está.
  • Hazle las seis preguntas a tu proveedor de software.
  • Sigue los anuncios del Ministerio de Salud sobre las fases de implementación del RDA.
  • Revisa tus controles de seguridad y confidencialidad.

Los plazos y las fases los define el Ministerio de Salud y pueden ajustarse, así que consulta siempre la versión vigente. Si quieres, te ayudamos a revisar tu historia clínica frente a la habilitación y a la protección de datos.